Tabla de Indemnizaciones por Extinción del Contrato de Trabajo

Indemnizaciones por Extinción del Contrato de Trabajo

 

Causa de Extinción

 

Indemnización

Límite (1)

Desempleo

Mutuo acuerdo de las partes (art 49.1a del  ET)

 

Sólo si se pacta

 

NO

Las consignadas en el contrato (art. 49.1b del  ET)

 

Si se consigna

 

SI

Expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio contratado, excepto en los contratos de interinidad y contratos formativos (art. 49.1c del  ET)

8 días por año de servicio hasta 31/12/11, aumentando en un día hasta llegar a 12 días por año, a partir de 1/1/2015

 

 

 

Dimisión del trabajador (art. 49.1d ET)

 

NO

 

NO

Rescisión del contrato por traslado de centro de trabajo (art. 40.1 ET)

 

20 días de salario por año de servicio

12

SI

Rescisión del contrato por modificación de jornada, horario, trabajo a turnos, salario que perjudiquen al trabajador (art. 41.3 ET)

 

 

20 días de salario por año de servicio

 

9

 

SI

Por voluntad del trabajador basada en una modificación sustancial de las condiciones de trabajo realizadas sin respetar lo previsto en el artículo 41 ET, que causen menoscabo de su dignidad (art. 50.1a ET)

 

33 días de salario por año de servicio

 

 

24

 

 

SI

Por voluntad del trabajador basada en incumplimientos graves del empresario (art. 50.1c ET)

33 días de salario por año de servicio

 

24

 

SI

Muerte del trabajador (Ver R.D. de 2 de marzo de 1944)

 

15 días de salario

 

NO

Jubilación del trabajador (art. 49.1f ET)

 

No

 

NO

Muerte, jubilación o incapacidad del  empresario

(art. 49.1g ET)

 

1 mes de salario

 

SI

Extinción de la personalidad jurídica del empresario (art. 49.1g ET)

 

20 días de salario por año de servicio

 

12

 

SI

Extinción por causas Objetivas (art. 52 ET)

20 días de salario por año de servicio

 

12

 

SI

Despido colectivo basado en causas  económicas, técnicas, organizativas o de producción (art. 51 ET)

 

20 días de salario por año de servicio

 

12

 

SI

Fuerza mayor constatada por la autoridad laboral (art. 49.1h ET)

 

20 días de salario por año de servicio

 

12

 

SI

Despido       disciplinario      calificado       como improcedente (art. 56 ET)

 

33 días de salario por año de servicio

 

24

 

SI

Despido objetivo declarado improcedente

33 días de salario por año de servicio

 

24

 

SI

 

(1)  Mensualidades de indemnización (Se prorratearán por meses los períodos de tiempo inferiores a un año).

La indemnización de 45 días de salario (máximo 42 mensualidades) por despido improcedente se aplicará a los contratos celebrados con anterioridad al 12/02/2012.-

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