Tabla de Indemnizaciones por Extinción del Contrato de Trabajo
Indemnizaciones por Extinción del Contrato de Trabajo
Causa
de Extinción |
Indemnización |
Límite
(1) |
Desempleo |
Mutuo acuerdo de las partes (art
49.1a del ET) |
Sólo si se pacta |
|
NO |
Las consignadas en el contrato (art. 49.1b del ET) |
Si se consigna |
|
SI |
Expiración
del tiempo convenido o realización de la obra o servicio contratado, excepto
en los contratos de interinidad y contratos formativos (art. 49.1c del ET) |
8 días por año de servicio hasta 31/12/11, aumentando en un día hasta
llegar a 12 días por año, a partir de 1/1/2015 |
|
|
Dimisión del trabajador (art. 49.1d
ET) |
NO |
|
NO |
Rescisión
del contrato por traslado de centro de trabajo (art. 40.1 ET) |
20 días de salario por año de servicio |
12 |
SI |
Rescisión del contrato por modificación de jornada, horario, trabajo a
turnos, salario que perjudiquen al trabajador (art. 41.3 ET) |
20 días de salario por año de servicio |
9 |
SI |
Por voluntad del trabajador basada en una modificación sustancial de las
condiciones de trabajo realizadas sin respetar lo previsto en el artículo 41
ET, que causen menoscabo de su dignidad (art.
50.1a ET) |
33 días de salario por año de servicio |
24 |
SI |
Por
voluntad del trabajador basada en incumplimientos graves del empresario (art. 50.1c ET) |
33 días de salario por año de servicio |
24 |
SI |
Muerte del trabajador (Ver R.D. de
2 de marzo de 1944) |
15 días
de salario |
|
NO |
Jubilación del trabajador (art. 49.1f ET) |
No |
|
NO |
Muerte, jubilación o incapacidad del
empresario (art. 49.1g ET) |
1 mes de salario |
|
SI |
Extinción de la personalidad jurídica del empresario (art. 49.1g ET) |
20 días de salario por año de servicio |
12 |
SI |
Extinción por causas Objetivas (art.
52 ET) |
20 días de salario por año de servicio |
12 |
SI |
Despido colectivo basado en causas
económicas, técnicas, organizativas o de producción (art. 51
ET) |
20 días de salario por año de servicio |
12 |
SI |
Fuerza mayor constatada por la autoridad laboral (art. 49.1h ET) |
20 días de salario por año de servicio |
12 |
SI |
Despido disciplinario calificado como improcedente (art.
56 ET) |
33 días de salario por año de servicio |
24 |
SI |
Despido
objetivo declarado improcedente |
33 días de salario por año de servicio |
24 |
SI |
(1) Mensualidades de indemnización (Se
prorratearán por meses los períodos de tiempo inferiores a un año).
La
indemnización de 45 días de salario (máximo 42 mensualidades) por despido
improcedente se aplicará a los contratos celebrados con anterioridad al
12/02/2012.-
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