El Contrato Verbal
Características de un contrato verbal
Cuando pensamos en un contrato de
cualquier tipo inmediatamente nos viene a la cabeza un documento. Pero lo
cierto es que la legislación española no establece en muchos casos la
obligatoriedad de que un contrato deba quedar reflejado por escrito. El
contrato verbal es mucho más frecuente de lo que parece y si cumple todos los
requisitos exigidos será totalmente legal y desplegará efectos entre las partes
y frente a terceros.
De hecho, si echamos la vista
atrás podemos comprobar que los primeros contratos que se celebraron eran
verbales. El trueque, que rigió el comercio durante siglos, no era más que un
acuerdo verbal entre dos partes para llegar a un intercambio que satisficiera a
ambas. Pero con el paso del tiempo se recurrió a fórmulas que aportaran una
mayor seguridad a la relaciones jurídicas, de ahí que se terminara imponiendo
la celebración del contrato a través de un documento.
¿Cuándo es válido un contrato verbal?
Antes de entrar de lleno en
materia conviene aclarar primero qué es un contrato. Podemos definirlo de forma
sencilla como un acuerdo entre dos o más partes que establece un vínculo o una
relación jurídica entre los implicados y del que se derivan por tanto derechos
y obligaciones para todos los contratantes.
Un contrato verbal es el que
queda perfeccionado por el mero consentimiento expresado oralmente por las
partes implicadas. Los contratos verbales son plenamente válidos cuando se
ajustan a lo que establece la legalidad para ellos. Como norma general son totalmente
válidos salvo en aquellos casos en los que la ley exige de forma expresa que el
acuerdo se formalice por escrito.
Para que un contrato oral sea
válido debe cumplir los mismos requisitos que uno recogido en un documento:
- Debe haber consentimiento de
los contratantes, que deben tener capacidad suficiente para poder obligarse.
Ese consentimiento debe emitirse además libremente, sin ningún tipo de
violencia, coacción o engaño.
- Debe referirse a un objeto
concreto y determinado.
- Tiene que haber un fundamento o
causa que dé lugar a dicho contrato.
La prueba del contrato verbal
El principal inconveniente que
nos podemos encontrar con respecto a un contrato de este tipo es demostrar que
existe. Pero hay varios medios de prueba que pueden utilizarse para demostrar
que efectivamente entre dos personas existe un contrato verbal:
- Testigos que estuvieran
presentes en el momento de llegarse al acuerdo entre las partes implicadas.
- Actos que muestren la intención
de ambas partes de llegar a un acuerdo o contrato.
- Hechos que puedan demostrar que
el acuerdo se celebró.
- Documentos que prueben la
relación jurídica: facturas, emails, etc.
Contrato verbal de trabajo
Lo más común es que los contratos
de trabajo se celebren por escrito, pero el Estatuto de los Trabajadores sólo
exige este requisito de forma respecto al contrato para la formación y el
aprendizaje, el contrato a tiempo parcial, el contrato de prácticas, los
temporales de duración superior a las cuatro semanas, los contratos de obra o
servicio determinado, el contrato de trabajo a distancia y los contratos
celebrados en España con empresas españolas en virtud de los cuales el
trabajador presta sus servicios en el extranjero. Fuera de estos casos, el
contrato de trabajo se puede celebrar perfectamente de forma verbal.
En estos casos el trabajador que
quiera demostrar la existencia del contrato verbal lo tendrá fácil si la
empresa le ha dado de alta en la Seguridad Social. En caso de que no lo haya
hecho tendrá que recurrir a otros medios probatorios como los testigos o los
documentos. Una buena forma de saber si la empresa ha cursado el alta del
trabajador es pedir la vida laboral.
Aunque el contrato verbal de
trabajo es totalmente legal en aquellos casos en los que la ley no exige forma
escrita, la propia legislación es consciente de que los derechos y obligaciones
de las partes implicadas en la relación laboral están mejor protegidos si
constan en documento. De ahí que cualquiera de las partes pueda exigir que el
contrato verbal se formalice por escrito, incluso aunque la relación laboral ya
haya comenzado.
Que el contrato sea verbal no
quiere decir que tenga menos fuerza que uno elaborado por escrito. En estos
casos las partes deben negociar igualmente sobre cuestiones esenciales de la
relación laboral tales como horario, remuneración, tareas a desempeñar, etc.
Contrato verbal de arrendamiento
El alquiler es una de las formas
más habituales de acceder a una vivienda. El arrendamiento es una figura
jurídica que cada vez se usa más y muchos inquilinos y arrendadores ya están
concienciados de la importancia de recoger el acuerdo por escrito, pero el
contrato verbal de arrendamiento es totalmente legal en nuestro ordenamiento
jurídico.
A efectos legales existe un
contrato de arrendamiento cuando las dos partes se ponen de acuerdo para ceder
la posesión de un inmueble a cambio de un cierto precio. Aunque no se haya
firmado un documento, si se está pagando una renta el arrendamiento es
totalmente válido.
Conviene tener claro que aunque
no exista un contrato firmado si hay un acuerdo verbal de alquiler las partes
tienen los mismos derechos y obligaciones que establece la ley cuando hay un
documento firmado.
Pero aunque sea legal, lo cierto
es que es mucho mejor dejar constancia del contrato por escrito. Así ambas
partes tienen copia del documento que establece sus derechos y obligaciones y
cualquier posible reclamación se hace mucho más sencilla de llevar a cabo.
Contrato verbal de compraventa
Puede que no seas consciente de
ello, pero celebras contratos verbales de compraventa a diario, cada vez que
acudes a la panadería a por una barra de pan o cuando te acercas al quiosco a
por el periódico.
Ahora bien, no todas las compras
son iguales y cuando se trata de invertir importantes cantidades de dinero es
importante que haya un contrato firmado por las dos partes. Uno de los ejemplos
más habituales es el contrato de arras que se firma antes de formalizar la
compraventa de un inmueble.
Importancia del contrato firmado
Es importante insistir en que en
todos los casos siempre es mejor dejar constancia del contrato por escrito. No
hay que olvidar que “las palabras se las lleva el viento”, mientras que lo que
ha quedado escrito se puede probar fácilmente.
Un contrato escrito permite
detallar claramente el producto o servicio objeto del mismo y todas las
condiciones del acuerdo alcanzado verbalmente; permite evitar malentendidos y
en caso de duda se puede acudir a él para solucionar conflictos.
No importa si es un contrato de
trabajo, un contrato con un proveedor o un contrato de servicios, la mejor
forma de evitar problemas de cara al futuro es dejar constancia por escrito del
acuerdo entre las partes.
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