Formación en Centros de Trabajo
¿Qué es la FCT, las prácticas en
las empresas?
Todos los ciclos formativos
incluyen una fase de formación práctica en la empresa, esta fase se desarrolla
a través del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) no
tiene carácter laboral ni relación becaria y se realiza, una vez superados
todos los módulos profesionales del ciclo formativo, en el entorno real de la
empresa.
A todos los efectos se trata de
estudiantes matriculados en enseñanzas regladas que no tienen el carácter de
trabajadores, la FCT será valorada con un APTO O NO APTO, será posible su
evaluación en dos convocatorias y la superación de las enseñanzas requerirá la
evaluación positiva en todos los módulos profesionales que las componen, por lo
que se deberá superar positivamente la FCT para obtener cualquier título de
enseñanzas de Formación Profesional.
Se designan un Tutor del Centro
Educativo y un Tutor del Centro de Trabajo para definir el programa formativo a
realizar por el alumno, coordinar su desarrollo, fijar las fechas de las
visitas y evaluar la realización del mismo, emitiendo los oportunos informes.
La duración del periodo de
prácticas, tanto en grado medio como en grado superior, será como regla general
de 400 horas. Para ampliar la información debe dirigirse al epígrafe 6. ¿Cuánto
dura el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo?
La duración diaria de la jornada
de formación en el centro de trabajo debe ser igual o cercana al horario
laboral de la empresa, generalmente entre las 7 y las 22, y se realizarán
reuniones de seguimiento, periódicas y obligatorias con el tutor de FCT en el
centro educativo.
La actividad del alumno
debe ajustarse al programa formativo establecido por el Tutor de FCT con la
empresa colaboradora, por lo que se evitarán tareas repetitivas o fuera del
perfil de cualificación asociado al Ciclo Formativo correspondiente.
¿Qué son y cómo son los Convenios
o Acuerdos de colaboración?
La colaboración suele hacerse a
través de convenios, con características específicas en función del tipo de
agentes implicados.
Se puede distinguir entre
"convenios-marco" y "pre-convenios" y la colaboración
efectiva a través de los convenios de los centro educativo-empresa para el
desarrollo de la Formación en Centros de Trabajo".
La Unidad de Programas Educativos
(UPE) de cada Dirección Provincial o la Unidad Administrativa análoga, colabora
con los centros educativos para facilitarles un número suficiente de puestos
formativos. A veces, la administración educativa local no puede aportar el
número de puestos formativos requeridos, por lo que se recurre a la firma de
convenios-marco de colaboración con asociaciones de empresas u otras
corporaciones, que facilitan la colaboración de las empresas o entidades
correspondientes.
Convenios-marco y Pre-convenios
Los Convenios-Marco tienen
carácter institucional, e implican sobre todo a las Administraciones educativas
y a las entidades intermedias. Los Convenios-Marco de colaboración firmados
entre el Ministerio de Educación y Cultura y el Consejo Superior de Cámaras de
Comercio, Industria y Navegación de España, (el 15 de febrero de 1993 y el 1O
de junio de 1999) y la Ley 31/1993 de 22 de marzo (B.O.E. del 23), Básica de
Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, determinan la
colaboración de las Cámaras con las Administraciones Educativas competentes en
la gestión de la Formación en Centros de Trabajo. incluida en las enseñanzas de
la Formación Profesional Reglada.
El pre-convenio implica, por
parte de la empresa firmante, una declaración de intenciones para cooperar en
el desarrollo de las prácticas de alumnado de formación profesional. La mayor
parte de las Cámaras de Comercio firman preconvenios de colaboración con
empresas de su demarcación territorial.
Pero la colaboración efectiva
entre los centros educativos y las empresas se realiza mediante un convenio
específico, los llamados Acuerdos o Convenios de colaboración.
Convenios o Acuerdos de
colaboración
Son un acuerdo formal entre el
centro educativo y la empresa o institución donde se realizarán las prácticas
de FCT. Se denomina "Convenio centro educativo-empresa para el desarrollo
de la Formación en Centros de Trabajo".
¿Qué características tienen los
Convenios o Acuerdos de Colaboración?
Puede amparar uno o varios alumnos
que cursen estudios en el mismo centro educativo.
Puede ser rescindido a petición
de cualquiera de las partes.
No implica relación laboral entre
alumnos y empresa.
Los alumnos están cubiertos de
riesgos de accidentes mediante el seguro escolar y de responsabilidad civil
frente a daños a terceros mediante una póliza de seguro adicional que suscriben
las Administraciones Educativas.
Modelos de Convenio o Acuerdo de
Colaboración
El modelo oficial indicará en el
reverso las cláusulas o condiciones concretas de colaboración.
Una vez cumplimentados y firmados
por ambas partes, los convenios se envían a quién corresponda para que los vise
y distribuya a los destinatarios su ejemplar.
¿Quiénes intervienen en la
Formación en Centros de Trabajo?
En la gestión de la Formación en
Centros de Trabajo intervienen agentes educativos y agentes empresariales.
Entre los agentes educativos
podemos destacar:
Administraciones educativas.
Centros educativos.
Y como agentes empresariales:
Empresas o corporaciones.
Entidades intermedias como pueden
ser las Cámaras de Comercio o las Asociaciones patronales.
¿Qué implica tener alumnos
realizando el módulo de FCT?
La empresa firmará un acuerdo de
colaboración con el centro educativo correspondiente y nombrará un
responsable-tutor/a para la coordinación de las actividades formativas a
realizar en el centro de trabajo, que garantizará la orientación y consulta del
alumno/a, facilitará las relaciones con el profesor/a-tutor/a del centro
educativo y aportará los informes valorativos que contribuyan a la evaluación.
A tal fin, facilitará al profesor-tutor/a del centro educativo el acceso a la
empresa y las actuaciones de valoración y supervisión del proceso. La empresa
se comprometerá al cumplimiento de la programación de actividades formativas
que previamente hayan sido acordadas con el centro educativo, a realizar su
seguimiento y la valoración del progreso de los alumnos/as y, junto con el
tutor/a del centro educativo, a la revisión de la programación, si una vez
iniciada la FCT o la FPCT, y a la vista de los resultados, fuese necesario. La
empresa o entidad colaboradora no podrá cubrir, ni siquiera con carácter
interino, ningún puesto de trabajo en plantilla con el alumno/a que realice
actividades formativas en la empresa. Cualquier eventualidad de accidente que
pudiera producirse será contemplada a tenor del Seguro Escolar, de acuerdo con
la Reglamentación establecida por el Decreto 2078/71, de 13 de agosto
¿Cuánto dura el módulo
profesional de Formación en Centros de Trabajo?
La FCT se realiza a lo largo del
curso escolar, principalmente en dos periodos:
Periodo de Septiembre hasta
Diciembre.
Periodo de Marzo hasta Junio
Siendo la duración de la FCT,
tanto en grado medio como en grado superior, será como regla general de 400
horas. Los calendarios concretos de realización se acuerdan entre los tutores
del centro educativo y de la empresa conforme a las horas de cada perfil
profesional dentro de los periodos anteriormente citados.
La duración diaria de la jornada
de formación en el centro de trabajo debe ser igual o cercana al horario
laboral de la empresa, generalmente entre las 7 y las 22, y se realizarán
reuniones de seguimiento, periódicas y obligatorias con el tutor de FCT en el
centro educativo.
La empresa para participar en
estas prácticas debe realizar previamente el procedimiento de la firma del
acuerdo o convenio lo que comprende un plazo de tiempo, que se debe tener en
cuenta a la hora de iniciar la colaboración con el centro.
Las prácticas se desarrollan, en
periodo lectivo, en el centro de trabajo o centros de trabajo establecidos y
salvo situaciones excepcionales, debido a la especificidad de la familia
profesional o causas de diversa naturaleza, se han de excluir los periodos de
vacaciones escolares.
Los calendarios concretos de
realización se acuerdan entre los tutores del centro educativo y de la empresa
conforme a las horas de cada perfil profesional dentro de los periodos
anteriormente citados.
Dentro de los títulos de
Formación Profesional podemos diferenciar:
En los Títulos de Formación
Profesional Básica la duración del módulo profesional de Formación en Centros
de Trabajo representará, con carácter general, un mínimo del 12% de la duración
total del ciclo formativo, es decir, 240 horas.
En los Títulos de Grado Medio y
Grado Superior adaptados a la Ley Orgánica de Educación (LOE), la duración del
módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo será siempre de 400
horas. Las prácticas tienen lugar en el primer semestre del año del segundo
curso escolar, generalmente entre marzo y junio.
En los ciclos formativos, tanto
de Grado Medio como Grado Superior, conforme a LOGSE, cuya duración sea de 1200
a 1400 horas de duración, las prácticas tienen lugar entre septiembre y
diciembre del segundo curso académico y en aquellos de 2000 horas de duración,
las prácticas tienen lugar en el primer semestre del año del segundo curso
escolar, generalmente entre marzo y junio. La duración suele oscilar entre 350
y 700 horas, dependiendo de cada título.
Seguro de los alumnos
Todos los ciclos formativos
incluyen una fase de formación práctica, esta fase se desarrolla a través del
módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) no tiene carácter
laboral ni relación becaria y se realiza, una vez superados todos los módulos
profesionales del ciclo formativo, en el entorno real de la empresa.
De acuerdo con lo establecido en
el Decreto 2078/71, de 13 de agosto , el régimen de cobertura por accidentes de
los alumnos en los centros de trabajo será el establecido por la normativa
vigente en materia de Seguro Escolar y por los Estatutos de la Mutualidad de
dicho seguro.
De forma adicional, las distintas
Administraciones autonómicas podrán contratar un seguro de accidentes y de
responsabilidad civil, que amplíe las coberturas. De dichas coberturas, así
como del procedimiento a seguir para su tramitación, tienen información en
todos los centros educativos al comienzo del curso.
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