El Salario en Especie
Qué es el salario en especie, cómo se cotiza y pagan impuestos
El salario no tiene porqué
cobrarse siempre en dinero. En muchas ocasiones, los trabajadores perciben el
salario en especie, es decir, cobrando sus servicios a cambio de bienes o
servicios.
A este tipo de salario también se
le conoce como retribución flexible. Obviamente, no es sustitutivo del salario
dinerario, pero hay casos en los que, si así lo permite la ley, el convenio
colectivo, y ha quedado pactado en el contrato de trabajo entre ambas partes,
la empresa podrá retribuir parte del salario en especie. Lo que nunca podrá
hacer es imponerlo de manera unilateral. El acuerdo entre las partes, será
necesario.
Límites del salario en especie
El salario se tiene que recibir
principalmente en dinero, por lo que existen límites a este salario en especie.
Este tipo de salario no podrá ser nunca superior al 30% del total del salario,
y además el salario en dinero no podrá ser nunca inferior al salario mínimo
interprofesional.
Cualquier pacto que modifique
estos límites, implicando más del 30% o menos del SMI, será nulo y como si no
estuviese puesto.
Ejemplos de salario en especie
Algunos de los salarios en
especie más comunes son:
– El transporte a la empresa.
– Tickets restaurante o comedor
subvencionado.
– Participaciones y acciones de
la empresa.
– Coche de empresa: que utiliza
el trabajador también en su vida privada
– Casa de empresa: Puede
consistir en vivir gratis en la casa o en un alquiler rebajado respecto al
precio del mercado.
– Suscripción de planes de
pensiones o seguros médicos.
– Servicio de guardería.
– Préstamos que hace la empresa:
no es el caso del anticipo de salario. Normalmente con un interés inferior al
del mercado.
– Pago de la conexión a internet
en casa: sobre todo para trabajadores que teletrabajan.
– Compra de material a través de
la empresa.
– Acceso a cursos de formación.
– Plus transporte.
– Plaza de parking: cuando se
puede utilizar también fuera del horario de trabajo.
– Teléfono de empresa: cuando se
puede utilizar también de forma privada y no solo para cuestiones de trabajo.
Cómo identificar cuando es salario en especie y cuando no
Identificar el salario en especie
no es fácil en ocasiones, ya que es salario únicamente si de verdad retribuye
los servicios prestados por el trabajador. Si no es una retribución sino un
medio que se entrega al trabajador para que haga su trabajo, o es una compensación
por los gastos tenidos mientras se trabajaba, entonces no será un salario en
especie.
Veamos algunas situaciones en las
que pequeñas diferencias hacen que sea o no salario en especie:
1.- Si el coche que deja la
empresa se utiliza solo para trabajar, se recoge a diario en la empresa o solo
se puede utilizar para los servicios que dice la empresa, entonces no estaremos
ante un salario en especie. Si no que la empresa pone a disposición del
trabajador los materiales necesarios para poder hacer su trabajo. Si en cambio
el trabajador dispone del coche, no solo para hacer su trabajo, si no
libremente también fuera del horario de trabajo para que lo utilice en su vida
privada, entonces será un salario en especie.
Igual pasa con el teléfono de
empresa, que si solo se tiene para llamadas de trabajo será una herramienta de
trabajo. Si se puede utilizar siempre que se quiera y para asuntos personales,
entonces será salario.
2.- Las dietas son una
compensación de los gastos que ha tenido un trabajador que hacer para comer
cuando se ha encontrado fuera de casa o del lugar normal de trabajo. Se
compensa de esta forma los gastos que se ha tenido al estar trabajando fuera
del centro de trabajo y tener que realizar unos gastos para comer.
No es igual que los tickets
restaurante o el comedor de la empresa, ya que en esos casos se está en el centro
de trabajo y el trabajador puede optar por no comer ahí, o no consumirlos e ir
a casa a comer, o llevarse un tupper.
3.- Los gastos de alojamiento, es
decir cuando temporalmente la empresa manda a un trabajador fuera de su centro
de trabajo y tiene que dormir fuera de casa. En estos casos se pagan los gastos
que haya podido tener. No es lo mismo que la casa de empresa, ya que en este caso
le está pagando la vivienda habitual, no un alojamiento que tiene que tener por
prestar servicios en un lugar distinto al que se vive.
4.- La formación será salario o no
dependiendo de si es obligatoria o no. Si la empresa tiene una obligación de
dar un curso a los trabajadores, como puede ser en prevención de riesgos
laborales, no será una retribución en especie. Si en cambio son cursos de otro
tipo, será salario.
5.- El mero hecho de que haya una
cafetería en el centro de trabajo no implica un salario en especie. Pero si
comer en dicha cafetería es gratis o más barato que el precio del mercado,
asumiendo la empresa esos costes, entonces sí que lo será.
Tampoco serán retribuciones en
especie cuando, por ejemplo, se compense al trabajador por otros gastos que ha
tenido trabajando, por tener que usar un parking o pasar por un peaje, por
tener que usar un taxi para ir a una reunión, etc. Tampoco es un salario en
especie las indemnizaciones legales, como el pago de los gastos de mudanza
cuando un trabajador sufre una movilidad geográfica y tiene que cambiar de forma
definitiva su lugar de residencia.
En general la diferencia es si la
empresa compensa unos gastos que se tienen por trabajar o si no se compensan
gastos, o si se recibe un bien que se puede utilizar de forma privada, gratis o
a un precio inferior al del mercado.
El salario en especie es salario a todos los efectos: cotiza y tributa.
Esta retribución en especie tiene
que ser computada como parte del salario a todos los efectos: cotiza para la
Seguridad Social, tiene retenciones de IRPF, etc., por lo que cuando se
necesita calcular la base de cotización o reguladora para recibir alguna prestación,
ya sea de la Seguridad Social como la prestación por desempleo, se tiene que
calcular incluyendo el salario en especie.
Igualmente la empresa tendrá que
practicar las retenciones oportunas del IRPF, y el trabajador tendrá que
declarar este salario en la declaración de la renta.
Asimismo, se tiene que tener en
cuenta para el cálculo de las indemnizaciones por despido. No hacerlo puede
llegar a implicar que un despido objetivo sea declarado improcedente por no
haber pagado correctamente la indemnización de 20 días por año.
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